Limites del Piloto Deportivo en Colombia
Toda persona que porte su licencia de Piloto Deportivo, técnicamente conocida como PPA-750K/VFR, como cualquier otro Piloto,
puede volar en el territorio colombiano sin restricción alguna, teniendo por supuesto que cumplir con todas las normas
y regulaciones aeronáuticas, establecidas en el RAC, como presentar su plan de vuelo, utilizar las comunicaciones con las diferentes
dependencias de control de tráfico aéreo y por supuesto hacer uso de transponder tipo C, realizando sus vuelos en condiciones visuales.




No podrá ascender a más de 17.500 pies de altitud y no podrá tener como destino el aeropuerto El Dorado
de Bogotá (SKBO) a no ser que sea exclusivamente una situación de emergencia. Su avión no podrá exceder de 120 nudos
de velocidad, en aeronaves con motores de máximo 130 caballos de potencia y máximo 2 plazas.
Como pueden apreciar, no hay zonas restringidas en el territorio colombiano. De otra parte, el Piloto podrá volar en su avión
saliendo del territorio colombiano, obteniendo las autorizaciones de los controles de tráfico aéreo de cualquier país que haga parte
de la OACI, lo que incluye a toda América y el Caribe. Las limitaciones en algunos casos, se asociarán más a las restricciones
de autonomía de las aeronaves y no a la licencias del Piloto.
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Foto Satelital del Clima (actualizada)
Fuente Aerocivil Colombia (UAEAC).
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Ultimos METAR/SPECI de Colombia
Por cortesía de OGIMET.
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Hangar 1, Aeropuerto Santa Ana, Cartago, Valle, Colombia.